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Crear un Centro de Estudios Virtual

 Se ha puesto de moda, los centros de estudios on line. Incluso algunas promociones te lo pintan fácil...¡¡Con mi sistema, podrá vender cursos al momento!! Claro...instalas el software que te venden y, ála, venga...a vender churritos calentitos. Nada mas lejos de la realidad. De hecho el mundo de la formación como cualquier otro mercado tiene reglas, y normas, y la primera sería como legalizar tu negocio. Si, requieres de permisos, pagar tus impuestos, etc... y además ¿estaré cometiendo intrusismo profesional? Pues todas estas preguntas tienen respuesta.

Vender formación on line...lo que nadie te cuenta.

Si tienes en mente, comenzar a ofrecer servicios educativos o registrarse en algún portal para freelances debes saber a que te enfrentas, y no te dejes llevar por publicidades tipo, es fácil, si yo lo hice, he ganado 10 veces mas que, etc... Todas estas promociones están enfocadas a enriquecer al que le las muestra, normalmente freelances o profesores con tiempo libre que crearon un entorno, y que desean venderlo. Así de fácil. Entendido esto, vender formación por internet, implica hacerte la primera pregunta ¿se puede vender por Internet sin ser autónomo o sociedad limitada?

Y por aquí debemos empezar, ya que realmente , no es fácil de responder...

Aspecto legal para vender cursos por Internet (En honor a los autónomos españoles...héroes nacionales).

Veamos primero, que dice la ley. La legislación actual y el estatuto del autónomo dice lo siguiente: si estás ejerciendo una actividad regular y vendes algo, tienes que estar dado de alta desde el día 1. Aunque no vendas. Aunque ni tan siquiera te contacte un cliente. Si estás ofreciendo un servicio o vendiendo un producto, debes estar dado de alta.

Si bien no tiene lógica, ya que si no vendes no se como quiere el Fisco que pagues, según el Gobierno si pretendes dar un servicio tienes que estar dado de alta tengas los clientes que tengas y vendas lo que vendas.

Todo esto significaría que, antes de abrir una académica o centro de estudio online, ofrecer servicios en una web o registrarte en cualquier portal de venta de cursos, deberías darte de alta como autónomo. ¿Y cuál es el problema? Que es una locura y un gasto inasumible para alguien que no ingresa nada o poco en un principio. El coste de ser autónomo, por lo menos en España, es semejante a estar dado de alta como "Regimen General" con la diferencia que, si te quedas desempleado estás solo y sin cobertura, y si te jubilas, la paga que te quedará, servirá únicamente para comprarte una buena cuerda.. el árbol lo buscas luego...

Aspecto ilegal para vender cursos por Internet (y como no acabar preso).

Olvidando lo que dice la ley y dejando al Fisco de lado, la realidad, es que la mayoría de las personas que comienzan a vender por Internet no están dadas de alta. Inclusive no se dan de alta en los siguientes meses, o no lo hacen hasta que los ingresos permiten un mínimo para hacerse "autónomos" La moda europea y ultimo "hit" en España...lo sabemos todos, menos nuestros queridos parlamentarios nacionales y europeos, que piensan que "todo va bien" (Frase célebre de un expresidente español, pronunciada cuando media España agonizaba y comían espaguetis por la mañana, por la tarde y por la noche. Sr. D. José María Aznar. Experto hoy, en Empresas de Energía y Gas y facturas al ciudadano honrado, que no tienen lógica.).

¿Por que no pagan al Fisco? Pues, salvo raras excepciones, entiendo que es imposible costear ser autónomo (300 €/mes). 

Supuesto Práctico: Abres una tienda online, que de inicio y si no eres versado en código fuente, MariaDB, PhP, CSS, habrás desembolsado a un experto o empresa un buen dinero, para poder empezar, y listo el sistema, (la tienda, el nombre de dominio, el hosting, las promociones, etc...) mas tarde que pronto empiezas a recibir pedidos, todo ello dado de alta y con todo legal.

Entre el recargo de equivalencia (que aumenta el coste del inventario) y el hecho de pagar la cuota de autónomo, e IRPF ya puedes ir despidiéndote de casi todos los ingresos generados ese mes. Salvo que tu tienda sea la "sensación del verano", y tengas un éxito "increíble" vendiendo cursos como si fueran churros rellenos de chocolate, con suerte a final de mes, tus ganancias serán cero. Si...trabajaras mucho y no ganarás nada. Lo sé...lo sé...no tiene gracia.

Por este motivo casi nadie se da de alta de forma inicial, salvo que tenga un inversor capitalista, que te respalde (que en los centros de formación on line no existen) o tengas un dinerillo de alguna herencia, que quieras que desaparezca y no te importe.... siempre con la idea fija de que vas a vender bastante. 

Bueno, pues creas tu centro de estudio on line, web, blog, etc... y comienzas a ofrecer servicios en portales especializados, tipo EMagister, AprendeMas, Infocurso, etc... que facturan para promocionarte, y baratitos...no son. Así que tendrás que valorar si merece la pena darse de alta o no, ya que el trabajo de meter cada dato de los cursos en los portales promocionales deberás también hacerlo tú. Ellos ponen la web para promocionarte, el servicio y la mano, normalmente por cupón que recibas (compre el interesado o no) o bien mediante acuerdo anual.

Todo esto conlleva un peligro y algunas dificultades. En primer lugar, cualquier día podría llegarte una inspección de Hacienda y cerrarte el "negocio",  hasta que te des de alta como autónomo, y además te pongan una jugosa y sustancial multa europea, o en el peor de los casos que te obliguen a dejar la actividad. 

Otra situación, es cuando un cliente-alumno te dice: Necesito una factura, por que el curso me lo va a pagar la empresa, y claro, como no estás dado de alta, pues no puedes emitirla (en este caso hecha la ley, hecha la trampa).

También añadiré que es raro que te llegue una inspección de Hacienda, aunque hay otros centros de estudio que si pagan religiosamente sus impuestos, y cotizaciones a la Seguridad Social y pueden sentirse...como decirlo ¿Qué jugáis con ventaja?. Puede ocurrir que os denuncien a un Inspector de trabajo y os haga una visita. Pero quitando ciertas situaciones, lo normal es que en baremos de ingresos inferiores al SMI y trabajando por Internet no tengas problemas.

Vender cursos de forma "Semi-Legal" por Internet sin ser autónomo.

Veamos la línea media entre la legalidad y la ilegalidad, en el tema del autónomo, que difícil de definir, existe. A ver si lo entendemos...

Mirando hacia el Sistema Judicial, algunas sentencias firmes, parecen estar a favor de los autónomos que no facturan o ingresan una cantidad inferior al SMI. Esta situación no es algo generalizado, ni está presente en alguna ley o estatuto.  De hecho, si investigamos un poco la Seguridad Social dice que, si ingresas menos del SMI y no es actividad habitual no hay problema. Pero… ¿Qué quiere decir  "actividad habitual"? Ne encontré definición oficial, pero desde mi punto de vista, lo definiría, como la actividad económica, que genera tu línea principal de ingresos, y que te permite sobrevivir en la Selva de Hormigón.

Por otro lado, muchos deciden darse de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social (Sin pagar la cuota de autónomo ni IRPF), para obtener un CIF y emitir facturas, pero, ¿es legal? pues no....y al usar el CIF para emitir facturas, corres el riesgo de que te llegue una inspección. 

Ante estas situaciones comentadas, han aparecido en el panorama, las llamadas cooperativas, que ofrecen emitir facturas por ti. No sabría que nivel de legalidad manejan, pero si que aparecen y desaparecen de pronto. Estas cooperativas hacen los cálculos siguientes y que exponemos a continuación, por lo que si observas bien, el índice de fiabilidad decae por su propio peso...Veamos:

Ejemplo de facturación sin ser autónomo

Un autónomo legal, paga 50 € por Servicios a su Gestor,  la cuota del Modelo 264 (que nadie paga de inicio con la tarifa plana) y la retención IRPF del 19% (que tampoco paga casi ningún nuevo profesional autónomo).

Sobre un calculo realista, tenemos:

Ingresos: 800 € + 168 € IVA (IVA Impuesto sobre le valor añadido un día cualquiera por la cara. Este impuesto lo pagan en España hasta los recién nacidos, incluso antes de tener nombre) al mes...

Cuota autónomo: 54 € al mes

Gestoría: 50 € + IVA (10,5 €) al mes

IRPF: (800 – 54 – 50) * 0,07 = 48,72 €

Total a ingresar: 647 €

Como veis, en el cálculo no se restan los ingresos menos los gastos, para calcular el IRPF, si no que ponen el tramo más alto para un nuevo autónomo (lo cual no tiene lógica) y la cuota irreal de un autónomo que debería llevar dado de alta casi 2 años para pagar eso, sin tarifa plana. O sea, que analizando estos cálculos, no sale rentable.

Bien pues para terminar responsamos la pregunta ¿puedo o no puedo vender por Internet sin darme de alta como autónomo? Pues sí, pero ten en cuenta lo dicho anteriormente, ya que según la ley es obligatorio darte de alta cobres lo que cobres si haces una actividad regular, pero los propios jueces van en contra de esa legislación fallando a favor de autónomos con ingresos inferiores al SMI.

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